El concubinato es la unión de hecho entre dos personas que sin contraer matrimonio tienen derechos y obligaciones recíprocos, siempre que, sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hayan vivido en común de forma constante y permanente por el periodo mínimo que establezca la legislación del estado de que se trate. Sin embargo, no será necesario el transcurso de ese periodo de tiempo cuando reunidos los otros requisitos, la pareja tenga un hijo o una hija en común.
¿Cuáles son los requisitos para que exista concubinato?
Los requisitos para que exista el concubinato varían según la legislación civil o familiar aplicable en la entidad federativa de que se trate. A continuación se listan los requisitos:
- Unión voluntaria de dos personas (Algunos códigos y leyes civiles o familiares de las entidades federativas, como el Código Familiar del Estado de Yucatán mencionan que es la unión de un hombre y una mujer)
- Que no existan impedimentos legales para que esas dos personas contraigan matrimonio
- Que esas dos personas hayan vivido en común de forma constante y permanente por el periodo de tiempo de 2 años.
No, si una misma persona establece varias uniones con las características de concubinato al mismo tiempo, ninguna será considerada concubinato. Quien haya actuado de buena fe podrá demandar del otro una indemnización por daño moral.
Sí, en algunas entidades federativas el concubinato puede existir tanto entre un hombre y una mujer como entre personas del mismo sexo.
El Código Familiar para el Estado de Yucatán prevé que los Jueces del de lo familiar y mixtos de lo civil y familiar extenderán las actas relativas al concubinato.
Los efectos o consecuencias jurídicas del concubinato son:
- Derecho a alimentos
- Derechos sucesorios
- Presunción de paternidad del concubino respecto de los hijos de la concubinaria
- Derechos patrimoniales
- Derechos de seguridad social
- Derechos de protección de violencia familiar
Sí, los concubinos tienen derecho a recibir alimentos.
Sí, los concubinos están obligados a dar alimentos.
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