En junio del 2017 hubo
cambios en las leyes para defender a los consumidores de prácticas abusivas donde
por unanimidad el senado aprobó una reforma al código penal federal que
sanciona hasta con seis años de cárcel y300 mil pesos de multa a
abogados, despachos y empresas dedicadas a cobranza extrajudicial ilegal
agregando el artículo 248 Bis al Código Penal Federal, que se registró con
nombre del capítulo ‘Amenazas y Cobranza Extrajudicial Ilegal’ en donde se
especifican las sanciones.
Cabe destacar que para
aplicar este delito se considera por cobranza extrajudicial ilegal el uso de la
violencia o la intimidación, este delito consiste en el uso de la violencia y
el engaño, así como el hostigamiento o intimidación inicitos ya sea
personalmente o atreves de diferentes medios, para requerir el pago de una
deuda que es producto de actividades reguladas por leyes federales.
También se va a considerar
como intimidación ilícita el hecho de informar consecuencias jurídicas en caso
del impago o si se indica se iniciarán acciones legales en contra del deudor,
obligado solidario, aval o cualquier tercero relacionado a éstos cuando sean
jurídicamente posibles.
En ese entonces el
presidente de la CONDUSEF Mario Di Costanzo menciono que estas malas prácticas
tienen aproximadamente un año de registro en Redeco (Registro de Despachos de
Cobranza) por lo que se aplicara un protocolo para orientar a los afectados, ya
que hasta ahora se tiene u registro aproximado de 21 registros de estos casos
de los cuales al parecer cuatro al menos incurren a esta mala práctica que
puede llevar al delito.
Es por eso que los
legisladores buscan evitar que los clientes de bancos, casa de empeño y
préstamo agencias de autos, etc. sean hostigados y amenazados. Dando a conocer
que esto y que no está permitido para cobranza extrajudicial ilegal, donde será
sancionada con uno hasta cuatro años de cárcel, además de una multa de entre 50
mil y 300 mil pesos, sin embargo, si quien comete este delito se apoya de
documentos y sellos falsos la sanción aumentara hasta seis años de cárcel y los
horarios de cobranza estipulados ahora son entre las 7 de la mañana y las 9 de
la noche con un lenguaje adecuado.
Por tanto, en la CONDUSEF se
enfocaron a dar a conocer el portal y la oficina a la que se debe de acudir
para denunciar ante la Procuraduría General de la Republica explicándole que es
importante presentar pruebas y en el caso de la denuncia el usuario debe de
pagar su adeudo, ya que la denuncia es hacia quien hace la pala practica de
cobranza.
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